La Cámara del Crimen ha hecho a lugar a una medida cautelar presentada por los mensajes publicados en un blog. La existencia de comentarios que según la Cámara desacreditaban y vulneraban la moral de la persona han tenido que ser retirados.
En este caso se ha concedido la medida por encuadrar con los requisitos previstos: verosimilitud del derecho y peligro en la demora. El carácter provisional de ese tipo de medidas esta dado por la dependencia en su existencia de un acto judicial posterior que tratará la cuestión de fondo. El otorgamiento de las medidas cautelares busca evitar el menoscabo inminente de derechos personales o patrimoniales que provocaría el transcurso del tiempo ante el análisis de fondo del caso planteado.
Habrá entonces que esperar la suerte que siga el trámite judicial principal, ya que si éste desaparece con todos sus efectos la medida cautelar seguirá su camino. Este es uno de los momentos donde los términos y condiciones del sitio, su administración y la mecánica de seguimiento de denuncias efectuadas, juegan un importante rol.
