La Legislatura de la Provincia de Buenos Aires aprobó la ley 14.142 que incorpora al Código Procesal Civil y a la ley 11.653 el sistema de notificación por medios electrónicos para causas civiles, comerciales y laborales, sumándose a los tradicionales medios de la carta documento con aviso de entrega y el Acta Notarial, entre otros.
De este modo, para dar cumplimiento con la Ley se deberá constituir domicilio junto con una casilla de correo electrónico, donde su cursarán todas las notificaciones por cédula que no requieran soporte en papel ni la intervención de un Oficial Notificador.
Con esta modificación se estima que se reducirán considerablemente los tiempos que demandan a la fecha efectuar las distintas notificaciones ordenadas en los expedientes judiciales. Ello, teniendo en cuenta que en la generalidad de los casos el diligenciamiento de una cédula en Provincia implica el transcurso de varios meses.
La incorporación del correo electrónico en la Provincia entrará en vigencia en marzo de 2011.

