Jun 9

Un nuevo fallo judicial avala la legalidad de los sitios web P2P. En el año 2005 La Entidad de Gestión de Derechos de los Productores de Audiovisuales (EGEDA) interpuso una denuncia contra los titulares del conocido buscador de enlaces a archivos P2P, CVCDGO, por considerar que se cometían delitos contra la Propiedad Intelectual, obligando a dicho sitio web a cerrar tras dicho proceso judicial. Sin embargo, el juzgado de instrucción que intervino en Madrid, resolvió recientemente declarar el sobreseimiento y en consecuencia el archivo de las actuaciones, por entender la falta de responsabilidad de la parte demandada.

En la resolución judicial se manifiesta literalmente que desde la antigüedad “se ha producido el préstamo o cesión de libros, películas, música, etc…”. Y resalta que la distinción ahora consiste en la velocidad que opera en el intercambio ante la existencia de los medios digitales. En efecto, aclara que el soporte empleado antes era el papel o medios analógicos y ahora todo lleva un formato digital.

Por otro lado, considera que la actividad de enlazar a sitios P2P no es una actividad delictiva pues no existe un ánimo de lucro directo, sino que únicamente a través de la publicidad, resaltando a su vez que la accionada no alojaba los archivos sino que se limitaba a proporcionar los enlaces.

Conforme los fundamentos dados, el magistrado concluye que la actividad denunciada no configura un delito, pues se trataría el caso de un mero intermediario. Aún más, afirma que si la actividad de la descarga fuere directa, desde el sitio web, sería incluso necesaria la connivencia con el servidor a los fines de efectuar algún tipo de imputación penal.

Sin duda, más allá de las distintas opiniones que merezca esta resolución, es dable destacar la independencia intelectual de este juez, que ha efectuado un análisis más profundo de la situación, valiéndose de la normativa vigente a los fines de descifrar entonces la responsabilidad en internet.

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